La normativa vigente para regular la seguridad y modernización de los ascensores supone un impacto significativo en los edificios, especialmente en los más antiguos. Esta normativa se basa en el Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, que aprueba la nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) AEM 1 «Ascensores».
El objetivo principal es adaptar el parque de ascensores existente a los estándares de seguridad de la Unión Europea y reducir el riesgo de accidentes. Para lograrlo, se establecen una serie de requisitos y mejoras obligatorias que deben ser implementados.
Principales mejoras obligatorias y plazos
La normativa no exige que todos los ascensores se modernicen de golpe, sino que establece un sistema de plazos que dependen de la gravedad de los defectos detectados en las inspecciones periódicas obligatorias (IPO). Los plazos varían, pero los más comunes son:
- Nivelación de cabina: Se busca una precisión de parada de ±10 mm. Es una medida clave para evitar tropiezos y caídas.
- Plazo: 1 año desde la primera inspección en la que se detecte el defecto, o 6 meses en caso de accidente.
- Protección del usuario en puertas: Los ascensores con puertas automáticas deben tener un dispositivo de protección (como una cortina de infrarrojos) que cubra la abertura desde 25 mm hasta 1.600 mm sobre la pisadera de la cabina.
- Plazo: 1 año desde la primera inspección, o 6 meses en caso de accidente.
- Comunicación bidireccional: Es obligatorio instalar un sistema de comunicación que permita a los usuarios atrapados pedir ayuda a un centro de rescate.
- Plazo: 1 año desde la primera inspección en la que se detecte su ausencia.
- Control de carga: Se exige un dispositivo que impida que el ascensor se mueva si se excede la carga máxima.
- Plazo: 1 año desde la primera inspección o cuando se cambie el cuadro de maniobra.
- Sustitución de guías: En ascensores muy antiguos, se deberán sustituir las guías cilíndricas o de madera por otras más seguras.
- Plazo: Depende de la antigüedad del ascensor, pudiendo variar entre 3 y 10 años.
¿A quién afecta y cómo afrontar los gastos?
Esta normativa afecta a todos los titulares de ascensores, que en el caso de las comunidades de vecinos son los propios propietarios. La comunidad es la responsable de llevar a cabo las mejoras necesarias para cumplir con la normativa y debe asumir los costes de la modernización. Para ayudar a afrontar estos gastos, existen subvenciones y ayudas a nivel autonómico y local que pueden cubrir una parte del coste de las obras. Es recomendable que las comunidades se informen en su administración para conocer las ayudas disponibles.
Conclusión
La nueva ITC AEM 1 supone un cambio importante para garantizar la seguridad de los ascensores en España. Aunque el proceso de adaptación puede ser costoso y complejo para muchas comunidades de vecinos, es una medida necesaria para proteger a los usuarios y evitar accidentes. Los plazos son progresivos, lo que da a los titulares un margen de tiempo para planificar y ejecutar las mejoras requeridas.
Ascensor a cota cero, ¿quién lo paga?