Álava y Vitoria, lejos de la tendencia de viviendas vacacionales que triunfa en otros lugares

 

Álava y Vitoria se mantienen lejos de la tendencia de viviendas vacacionales que triunfa en otros lugares

A nivel nacional, el 1,47 % de las viviendas disponibles están catalogadas como vacacionales. Es decir, que se anuncian en alguna plataforma para que puedan ser alquiladas en periodos breves de tiempo. Este porcentaje está muy por debajo en el caso de la provincia de Álava, donde se sitúa en el 0,22 %, y también en el caso de la capital, Vitoria-Gasteiz, donde apenas el 0,13 % de las viviendas disponibles están catalogadas como viviendas vacacionales. A nivel regional, el porcentaje se eleva al 0,51 %.

 

En el caso de Vitoria-Gasteiz, los datos de mayo de este año indican que hay 151 viviendas de tipo vacacional. Supone un descenso significativo con respecto al dato que había en agosto de 2024 (199 viviendas). Un caso similar se da en el global de la provincia de Álava donde en mayo había registradas 368 viviendas, por las 407 que había en agosto del pasado año. Hay que apuntar que estos datos están tomados directamente de los portales de alquiler de viviendas y es en agosto cuando más viviendas salen a este tipo de mercado.

Por provincias, Bizkaia es la que tiene un mayor volumen de viviendas vacacionales, con 2.863 contabilizadas. Esto supone el 52,4 % del total del País Vasco. Le sigue Gipuzkoa con un 40,9 % lo que supone 2.236 viviendas, mientras que en Álava apenas aparecen registradas un 6,7 % del total.

Samaniego, Leza, Lanciego y Laguardia

Por municipios, los seis en los que más incidencia tienen este tipo de viviendas se encuentran ubicados en Gipuzkoa. En todos ellos más del tres por ciento de las viviendas disponibles estaban catalogadas como turísticas.
En el caso de Álava, la localidad con mayor porcentaje de vivienda turística es Samaniego, con el 3,06 de sus viviendas dedicadas al alquiler de corta estancia. Leza, Lanciego o Laguardia también superan el dos por ciento.

Número de registro obligatorio

Desde el 1 de julio es obligatorio para los propietarios de un piso de alquiler de corta estancia (vacacional, temporal o de habitaciones) que cuente con un identificador que facilitan los registradores de la propiedad para que las autoridades puedan llevar un control y supervisión. No hay un plazo máximo para solicitar este código, pero mientras no se tenga este código la vivienda no se podrá comercializar en plataformas digitales donde haya una transacción económica. Los datos para que se recogen en este artículo están cerrados en el mes de mayo. Todo indica que habrá un porcentaje significativo de las viviendas actuales que no vayan a cumplir los nuevos requisitos legales.


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